
Durante el ejercicio de 2018 las autoridades competentes se vieron muy activas en algunas entidades de las Zonas Norte y Centro del país verificando el cumplimiento de las citadas obligaciones e imponiendo sanciones derivado de su incumplimiento.
El 17 de Julio de 2013 entró en vigor la Ley Federal Para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (“LFPIORPI”), cuyo objeto es prevenir y detectar operaciones que involucren recursos de procedencia ilícita. Con la entrada en vigor de esta Ley, se establecieron, las obligaciones de identificar e informar a la Unidad de Inteligencia Financiera (“UIF”) la realización de operaciones que actualizan el supuesto de Actividad Vulnerable en términos del artículo 17 de la LFPIORPI.
Actividades Vulnerables Típicas en el ámbito empresarial | ||||
Mutuo o garantía, préstamos o créditos | Arrendamiento de Inmuebles | Comercialización de vehículos, nuevos o usados | Recepción de donativos | Prestación de servicios profesionales |
Al respecto, durante el ejercicio de 2018 las autoridades competentes se vieron muy activas en algunas entidades de las Zonas Norte y Centro del país verificando el cumplimiento de las citadas obligaciones e imponiendo sanciones derivado de su incumplimiento.
Dichas sanciones son de carácter disuasivo y ejemplificativo, a continuación se muestran los importes de las multas aplicables:
Sanciones típicas en materia de Antilavado | ||
Obligación | Multa por incumplimiento | |
Máxima | Mínima | |
Alta y registro en portal Antilavado | $ 17,376.00 | $ 173,760.00 |
Elaboración de expedientes de identificación | $ 17,376.00 | $ 173,760.00 |
Presentación extemporánea de Avisos e Informes | $ 17,376.00 | $ 173,760.00 |
Omisión en la presentación de Avisos | $ 868,800.00 | $ 5,647,200.00 |
En este sentido, a fin de evitar la imposición de multas y/o sanciones, los sujetos obligados deberán dar cabal cumplimiento a la citada normatividad en tiempo y forma, es decir, presentando los Avisos o Informes en ceros, según sea el caso, que correspondan derivado de las Actividades Vulnerables que realizan y, en caso de encontrarse en incumplimiento de dicha normatividad, resulta relevante explorar las alternativas de regularización correspondientes.
En caso de que requieran apoyo para dichas actividades, en nuestra Firma contamos con personal especializado para la revisión al cumplimiento de las obligaciones en materia de Prevención de Lavado de Dinero y, en su caso, determinar la estrategia de regularización necesaria para evitar la imposición de sanciones por parte de las autoridades competentes.